Nombre del Trámite: Reconocimiento de Hijos.

Organismo Público: Secretaría General de Gobierno

Cédula en proceso de actualización

Modalidad

Fundamento Jurídico

Código Civil del Estado de Chiapas, Título III Arts. 71 al 75. Reglamento del Registro Civil del Estado de Chiapas, Artículo  49.

Descripción del Trámite

Consiste en la obtención del registro de reconocimiento de un hijo, por el progenitor que haga falta en el registro de nacimiento.

Casos en los que se debe o puede realizarse el Trámite

A los progenitores que deseen reconocer a su hijo (a).

Cómo realizar el Trámite

Estimado usuario, con el fin de contribuir a realizar con oportunidad su trámite, considere las indicaciones siguientes


Presentar: Acta de Nacimiento, Acta de Nacimiento original del reconocedor o constancia de origen expedida por el presidente o secretario municipal del lugar donde nació, Identificación Oficial del reconocedor y de la persona que da su consentimiento, Dos testigos con identificación oficial, Identificación oficial o Constancia de Identidad expedida por autoridad municipal de la persona que tenga la custodia, Consentimiento por escrito de las personas siguientes según sea el caso: a) Si es mayor de edad el reconocido su consentimiento. b) Si es menor de edad, pero mayor de 14 años el reconocido, su consentimiento por escrito y el de la persona que lo tenga bajo su custodia, con identificación oficial. c) si es menor de 14 años el reconocido, el consentimiento por escrito de la persona que lo tenga bajo su custodia, con identificación oficial.

 

Requisitos:


Nombre
Se necesita los
siguientes criterios:
-Firma
-Validación
-Certificación
-Autorización
-Visto Bueno de un tercero
Persona, empresa,
sujeto obligado o
instancia que lo emite
Realización de trámites o servicios adicionales (Si/No) Adicional se necesita alguno de los
siguientes criterios:
-Firma
Validación/Act.
-Certificación
-Autorización
-Visto Bueno de un tercero
Persona o
empresa que lo emite
Inf. que deberá conservar con motivo del trámite o servicio:
-Acreditación
-Inspeción
-Verificación
Inf. adicional acerca del rstRequisitos Original Copias


Acta de nacimiento


•Certificación


Certificadas por el registro civil.
















Acta de nacimiento original del reconocedor o constancia de origen expedida por el presidente o secretario municipal del lugar donde nació


•Firma
•Certificación


Certificadas por el registro civil o autoridad del municipio de nacimiento.
















Identificación oficial del reconocedor y de la persona que da su consentimiento




















1


Dos testigos con identificación oficial




















1


Identificación oficial o Constancia de Identidad expedida por autoridad municipal de la persona que tenga la custodia


•Firma


Firma de la autoridad municipal donde se tenga la custodia.
















1


Consentimiento por escrito de las personas siguientes según sea el caso: a) Si es mayor de edad el reconocido su consentimiento. b) Si es menor de edad, pero mayor de 14 años el reconocido, su consentimiento por escrito y el de la persona que lo tenga bajo su custodia, con identificación oficial. c) si es menor de 14 años el reconocido, el consentimiento por escrito de la persona que lo tenga bajo su custodia, con identificación oficial.


•Firma


Firma de quien corresponda.
















1

Formatos

No aplica

¿El Trámite requiere Inspección o Verificación?

NO

Sujeto obligado responsable del trámite o servicio

Tuxtla Gutiérrez
  • Dirección del Registro Civil del Estado

    Lcda. Nora Esmeralda Macías Coello

    Calle Central y 2a Sur, Esquina, Centro C.P. 29000 Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.

    Conmutador: (961) 61 8 77 00 Ext. 23031 y 23032
    Correo: direccionregistrocivil@sgg.chiapas.gob.mx

Plazo que tiene el sujeto obligado para resolver el Trámite

2 días hábiles.

Monto de derechos

Ver tabla de costos.


Adicional al monto de derechos del Trámite

Sí, contribución del 6%, fundamentado en el Artículo 265 del Código de la Hacienda Pública para el Estado de Chiapas (Ver tabla de costos).

Forma de determinar el monto de derechos del Trámite

Monto de derechos $220.00          
6% de contribución de derechos estatales, para el desarrollo económico y social de la entidad. $13.20
Total: $233.00

 


Alternativas para realizar el pago

Efectivo, Cajas de Hacienda del Estado.


Vigencia de la operatividad del Trámite

Días hábiles del 01 de enero al 31 de Diciembre.


Resolución obtenida

Reconocimiento, acta de nacimiento.

Vigencia de la resolución obtenida

No aplica

Horario de Atención

08:00 a 14:00 horas, de Lunes a Viernes en oficialía.

Quejas y Sugerencias

Estimado usuario si usted tiene una inconformidad u opinión por el servicio recibido, le invitamos a manifestar su queja o sugerencia, ya que con ello, contribuye a que esta institución le brinde un mejor servicio.

Estas son las alternativas:

  1. Dirección del Registro Civil del Estado

    Diríjase con: Lcda. Nora Esmeralda Macías Coello, sita en Calle Central y 2a Sur, Esquina, Centro C.P. 29000 Tuxtla Gutiérrez.

    O bien, si lo prefiere comuníquese al Conmutador: (961) 61 8 77 00 Ext. 23031 y 23032

    En internet a través del Correo Electrónico siguiente: direccionregistrocivil@sgg.chiapas.gob.mx


• Acuda con el Lic. Wilsom Espinosa Aguilar, en el Departamento de Ética y Prevención de Conflicto de la Dirección de Evolución Patrimonial, Conflicto de Interés y Ética de la Secretaría de la Honestidad y Función Pública, sita en Boulevard Los Castillos No. 410, en el Fraccionamiento Montes Azules en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. O bien, si lo prefiere comuníquese al teléfono: 800 900 9000 lada sin costo o bien (961) 12 1 59 70 y (961) 8 75 30 extensión 22501.

En internet a través del Sistema Electrónico QuejaNet, en la dirección electrónica siguiente: http://shyfpchiapas.gob.mx/servicios/quejanetformulario Requisite y deposite el formulario ubicado en los buzones instalados en dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal o envíe un correo a quejanet@shyfpchiapas.gob.mx

Información que establezca la normatividad aplicable

No aplica.

Información adicional

  • Consentimiento por escrito de las personas siguientes según sea el caso:
    A) Si es mayor de edad el reconocido, su consentimiento.
    B) Si es menor de edad, pero mayor de 14 años el reconocido, su consentimiento por escrito y el de la persona que lo tenga bajo su custodia, con identificación oficial.
    C) Si es menor de 14 años el reconocido, el consentimiento por escrito de la persona que lo tenga bajo su custodia, con identificación oficial.

Criterios de resolución del Trámite

Presentar todos los requisitos.

Cédula en proceso de actualización

Responsable de Actualizar
Responsable de la actualización
Secretaría General de Gobierno es la responsable de actualizar esta guía de servicios, a través del servidor público Ing. Francisco de Jesús Hernández García, con cargo de Analista.
Última actualización: 12 de March del 2021
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