Cédula en proceso de actualización
Modalidad
- Presencial.
Fundamento Jurídico
- Ley de Catastro para el Estado de Chiapas, Artículos 42 y 61
- Reglamento de la Ley de Catastro para el Estado de Chiapas, Artículos 20-A, 20-B, 44 y 45
- Ley de Derechos del Estado de Chiapas, Articulo 21 Octies, Fracción I incisos a) a la i).
Descripción del Trámite
Documento que contiene las Características y el Valor de Catastral o comercial de un Predio o fracción, Urbano o Rústico.
Casos en los que se debe o puede realizarse el Trámite
I. Cuando concluya su vigencia
II. Cuando el bien inmueble sufra un cambio físico que afecte su valor;
III. Cuando se fusionen, subdividan o sean motivo de fraccionamiento;
IV. Cuando en el bien inmueble se hagan construcciones, ampliaciones, reconstrucciones, adaptaciones, modificaciones o demoliciones en las construcciones ya existentes;
V. Cuando una construcción tenga más de un año en proceso de edificación o sea ocupada sin terminar;
VI. Cuando por la ejecución de obras públicas o privadas, se altere el valor de los bienes inmuebles directamente afectados, así como en su zona de influencia, determinados por las dependencias del ramo competente;
VII. Cuando se tengan los elementos técnicos necesarios y el avalúo existente se haya hecho en los términos del artículo 48 de esta Ley, aún cuando no haya transcurrido su vigencia;
VIII. Cuando la totalidad o partes del bien inmueble sea objeto de traslado de dominio, u otra causa que modifique su régimen de tenencia;
IX. Cuando lo solicite la autoridad municipal donde se ubique el bien inmueble, con fundamento en la Ley Fiscal respectiva y de acuerdo a los convenios suscritos;
X. Cuando lo solicite el propietario, poseedor, usufructuario o el representante legal de estos, de acuerdo con lo establecido en la presente Ley;
XI. Cuando el bien inmueble sufra un cambio de uso de suelo o urbanización, además de ser modificado el registro o clave catastral, es decir, de rústico a urbano.
XII. Cuando se pague una indemnización parcial o total por dicho predio, por las dependencias de gobierno federales y estatales; debiendo adoptarse en lo sucesivo el valor unitario con que se pagó la indemnización.
XIII. Cuando por cualquier motivo se modifiquen las características jurídicas o económicas que afecten su valor.
Cómo realizar el Trámite
Estimado usuario, con el fin de contribuir a realizar con oportunidad su trámite, considere las indicaciones siguientes
Estimado Usuario, con el fin de contribuir a realizar con oportunidad su trámite, considere las indicaciones siguientes:
- Deberá de acudir a la oficina de catastro que le corresponda, presentando solicitud por escrito anexando los requisitos para la comprobación jurídica del predio.
- Se revisará la documentación, en caso de que haga falta algún documento se le dará 15 días para subsanar el error, en caso contrario se tendrá por no interpuesta la solicitud.
- Se realizara la inspección correspondiente al inmueble, por lo que deberá de coordinarse con el personal que esta Dirección asignará.
- Deberá cubrir el pago de derechos por Inspección Catastral por Predio rustico o urbano.
- La entrega del documento solicitado, previo pago de derechos.
El pago de derecho los puede realizar en las Cajas de Recaudación de la Secretaria de Hacienda del Estado o a través, de los medios que ésta disponga para tal fin.
Requisitos:
Nombre |
Se necesita los siguientes criterios: -Firma -Validación -Certificación -Autorización -Visto Bueno de un tercero |
Persona, empresa, sujeto obligado o instancia que lo emite |
Realización de trámites o servicios adicionales (Si/No) | Adicional se necesita alguno de los siguientes criterios: -Firma Validación/Act. -Certificación -Autorización -Visto Bueno de un tercero |
Persona o empresa que lo emite |
Inf. que deberá conservar con motivo del trámite o servicio: -Acreditación -Inspeción -Verificación |
Inf. adicional acerca del rstRequisitos | Original | Copias |
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Solicitud por escrito |
•Firma |
por el solicitante |
El escrito, debe venir debidamente firmada |
1 | |||||
Escritura Pública, Título de Propiedad expedido por institución autorizada, Escritura Privada o Resolución Presidencial, en caso de los Ejidos |
•Firma |
del fedatario público que lo emita, debidamente registrado ante el registro público de la propiedad y del comercio. |
Escritura Pública, Título de Propiedad expedido por institución autorizada, Escritura Privada o Resolución Presidencial, en caso de los Ejidos, los cuales deberán contener los datos de inscripción del Registro Público de la Propiedad y de Comercio |
1 | |||||
Comprobante de pago de derecho |
Debera presentar la Boleta de pago de derechos en original y copia, para su cotejo correspondiente |
1 | |||||||
Pago de Impuesto predial vigente |
El Pago de Impuesto predial vigente, lo debe presentar en original y copia legible, para su cotejo correspondiente |
1 | |||||||
Plano topográfico |
•Firma |
del profesionista que lo elaboró, con número de cédula profesional. |
Plano topográfico, en el caso de predios rústicos o de predios urbanos que tengan polígonos irregulares o mayor de 2,000 m2 |
1 | |||||
2. Copia legible de Identificación Oficial del Propietario ( IFE, Pasaporte, Cedula Profesional o Cartilla Militar) |
•Firma |
Instituto Nacional Electoral, Secretaria de Relaciones Exteriores, Secretaria de Educación Pública, Secretaria de la Defensa Nacional |
Identificación oficial en original y copia legible, del propietario y/o representante legal. |
1 | |||||
Poder notarial o carta poder |
•Firma |
por las partes que intervienen en el documento dativo de poder. |
En caso de ser Representante Legal, presentar poder original o copia certificada, así como identificación oficial del propietario y testigo |
1 |
Formatos
No aplica¿El Trámite requiere Inspección o Verificación?
SIObjetivo de la inspección o verificación del Trámite:
Sujeto obligado responsable del trámite o servicio
- Tuxtla Gutiérrez
Dirección de Catastro del Estado
C. Evencio Mendoza Herrera
Calle Central y 2a. Sur , Centro C.P. 29000 Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Teléfono: (01961) 61 2 56 46
Correo: catastro.chiapas@hotmail.com
Plazo que tiene el sujeto obligado para resolver el Trámite
30 días hábiles.
Monto de derechos
Ver tabla de costos.
Adicional al monto de derechos del Trámite
Sí, 6% de aportación para el desarrollo económico y social en la entidad, artículo 265 Ter del Código de
Hacienda Pública para el Estado de Chiapas 2020 (Ver tabla de costos).
Forma de determinar el monto de derechos del Trámite
21-OCTIES - I - a |
EXPEDICION DE CEDULA-AVALUO CATASTRAL INMUEBLES CON VALOR DE $00,001 HASTA $50,000 |
$ 600.00 |
$ 36.00 |
$ 636.00 |
21-OCTIES - I - b |
EXPEDICION DE CEDULA-AVALUO CATASTRAL INMUEBLES CON VALOR DE $50,001 HASTA $100,000 |
$ 700.00 |
$ 42.00 |
$ 742.00 |
21-OCTIES - I - c |
EXPEDICION DE CEDULA-AVALUO CATASTRAL INMUEBLES CON VALOR DE $100,001 HASTA $200,000 |
$ 950.00 |
$ 57.00 |
$ 1,007.00 |
21-OCTIES - I - d |
EXPEDICION DE CEDULA-AVALUO CATASTRAL INMUEBLES CON VALOR DE $200,001 HASTA $300,000 |
$ 1,400.00 |
$ 84.00 |
$ 1,484.00 |
21-OCTIES - I - e |
EXPEDICION DE CEDULA-AVALUO CATASTRAL INMUEBLES CON VALOR DE $300,001 HASTA $400,000 |
$ 1,900.00 |
$ 114.00 |
$ 2,014.00 |
21-OCTIES - I - f |
EXPEDICION DE CEDULA-AVALUO CATASTRAL INMUEBLES CON VALOR DE $400,001 HASTA $500,000 |
$ 2,400.00 |
$ 144.00 |
$ 2,544.00 |
21-OCTIES - I - g |
EXPEDICION DE CEDULA-AVALUO CATASTRAL INMUEBLES CON VALOR DE $500,001 HASTA $1'000,000 |
$ 3,000.00 |
$ 180.00 |
$ 3,180.00 |
21-OCTIES - I - h |
EXPEDICION DE CEDULA-AVALUO CATASTRAL INMUEBLES CON VALOR DE $1'000,001 HASTA $5'000,000 |
$ 4,400.00 |
$ 264.00 |
$ 4,664.00 |
21-OCTIES - I - i |
EXPEDICION DE CEDULA-AVALUO CATASTRAL INMUEBLES CON VALOR DE $5'000,001 EN ADELANTE |
$ 6,000.00 |
$ 360.00 |
$ 6,360.00 |
Alternativas para realizar el pago
En las diferentes Delegaciones de Hacienda del Estado y en las cajas de Centro de Recaudación Local (http://www.chiapas.gob.mx/funcionarios/estatal/ejecutivo/secretaria-hacienda)
Vigencia de la operatividad del Trámite
todos los días hábiles del año.
Resolución obtenida
Cédula-Avalúo.
Vigencia de la resolución obtenida
Seis meses, artículos 44 y 45 del Reglamento de la Ley de Catastro para el Estado de Chiapas.
Horario de Atención
8:30 A.M. a 2:30 P.M. de Lunes a Viernes, en días hábiles.
Quejas y Sugerencias
Estimado usuario si usted tiene una inconformidad u opinión por el servicio recibido, le invitamos a manifestar su queja o sugerencia, ya que con ello, contribuye a que esta institución le brinde un mejor servicio.
Estas son las alternativas:
Dirección de Catastro del Estado
Diríjase con: C. Evencio Mendoza Herrera, sita en Calle Central y 2a. Sur , Centro C.P. 29000 Tuxtla Gutiérrez.
O bien, si lo prefiere comuníquese al teléfono: (01961) 61 2 56 46
En internet a través del Correo Electrónico siguiente: catastro.chiapas@hotmail.com
• Acuda con el Lic. Wilsom Espinosa Aguilar, en el Departamento de Ética y Prevención de Conflicto de la Dirección de Evolución Patrimonial, Conflicto de Interés y Ética de la Secretaría de la Honestidad y Función Pública, sita en Boulevard Los Castillos No. 410, en el Fraccionamiento Montes Azules en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. O bien, si lo prefiere comuníquese al teléfono: 800 900 9000 lada sin costo o bien (961) 12 1 59 70 y (961) 8 75 30 extensión 22501.
En internet a través del Sistema Electrónico QuejaNet, en la dirección electrónica siguiente: http://shyfpchiapas.gob.mx/servicios/quejanetformulario Requisite y deposite el formulario ubicado en los buzones instalados en dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal o envíe un correo a quejanet@shyfpchiapas.gob.mx
Información que establezca la normatividad aplicable
No aplica.
Información adicional
Podrá consultar la Legislación y los manuales de procedimientos catastrales en
www.catastro.chiapas.gob.mx
Criterios de resolución del Trámite
Presentar requisitos completos.
Cubrir el costo establecido.
Cumplir en tiempo y forma los requerimientos.