Cédula en proceso de actualización
Modalidad
- Presencial.
Fundamento Jurídico
- Decreto de Creación de la Comisión Estatal de Conciliación y Arbitraje Médico del Estado de Chiapas. Para las quejas: Capítulo I, Artículo 3º, Articulo 4º, Fracción VII, Artículo 10, Fracción III; Articulo 12º, Fracción IV-VII; Para los laudos: Capitulo I, Articulo 1º. Artículo 12, Fracción IX.
- Reglamento de Procedimientos para la Atención de Quejas Médicas y Gestión Pericial de la Comisión Estatal de Conciliación y Arbitraje Médico del Estado de Chiapas. Para las quejas: Capitulo I, Articulo II Fracción XIX, Sección segunda Articulo 48º-53º; Para las Gestiones médicas: Capitulo I, Artículo 4º. Fracción III; Para los convenios el Capítulo I, Articulo 2º. Fracción XX y Artículo 65º-68º. Para los laudos: Capitulo 1º. Articulo 2º.Fracción XI. Sección cuarta Artículo 86º-92º.
Descripción del Servicio
El servicio consiste en: Gestiones inmediatas: Intervención de la Comisión ante otras instancias prestadoras de servicios de salud, para obtener apoyo para un usuario que amerite atención médica u otros servicios relacionados con la misma (sobre todo urgente). Quejas: Caso referente a presunta irregularidad en el acto médico y que ingresa para tratar de conciliar o someterse al arbitraje de la Comisión. Se incluyen todas las quejas, ya sea recibidas por comparecencia o por correspondencia o turnadas por la Comisión Nacional de Arbitraje Médico. Arbitraje: Forma hetero-compositiva para resolver el litigio, elegido por las partes y la resolución final es a través de un laudo.
Casos en los que se debe o puede realizarse el Servicio
En los casos en que el ciudadano lo solicite y presente su queja o inconfomidad de manera física o vía telefónica
Cómo realizar el Servicio
Estimado usuario, con el fin de contribuir a realizar con oportunidad su trámite, considere las indicaciones siguientes
Debera acudir a las oficinas de esta Comisión y sera atendido por personal profesional y capacitado o puede usted también ser atendido telefónicamente a los numeros 60 4 72 61, 12 1 00 55, 12 1 00 45.
Requisitos:
Nombre |
Se necesita los siguientes criterios: -Firma -Validación -Certificación -Autorización -Visto Bueno de un tercero |
Persona, empresa, sujeto obligado o instancia que lo emite |
Realización de trámites o servicios adicionales (Si/No) | Adicional se necesita alguno de los siguientes criterios: -Firma Validación/Act. -Certificación -Autorización -Visto Bueno de un tercero |
Persona o empresa que lo emite |
Inf. que deberá conservar con motivo del trámite o servicio: -Acreditación -Inspeción -Verificación |
Inf. adicional acerca del rstRequisitos | Original | Copias |
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Identificación Oficial del Usuario y/o Representante Legal |
1 | ||||||||
Documento idóneo para acreditar la relación medico paciente |
1 |
Formatos
No aplica¿El Servicio requiere Inspección o Verificación?
NOSujeto obligado responsable del trámite o servicio
- Tuxtla Gutiérrez
Subcomisión Estatal
Dr. Jorge Antonio Penagos Avendaño
Avenida Argentina 351, Col. El Retiro C.P. 29040 Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Conmutador: (961) 60 4 72 61 y 12 1 00 45 Teléfono: (961) 60 4 72 61 y 12 1 00 45
Correo: subcomisionchiapas@arbitrajemedico.chiapas.gob.mx
- Palenque
Delegación Regional Palenque
Dra. Nora Hilda Sangeado Camacho
Avenida Miguel Hidalgo, S/N, Plaza Chacamax, Local 4, Planta Baja , Col. Centro. C.P. 29960 Palenque, Chiapas.
Teléfono: (916) 34 5 41 34 Lada sin costo 01 800 702 14 78
Correo: cecam_palenque@arbitrajemedico.chiapas.gob.mx
- Tapachula
Delegación Regional Tapachula
Dr. Luis Octavio Flores Diaz.
9a Oriente N°16 D entre 1a y 3a Norte, Col. Centro C.P. 30700 Tapachula, Chiapas.
Conmutador: Teléfono: ( 962) 11 8 17 15 Lada sin costo 01 800 581 02 92
Correo: cecam_tapachula@arbitrajemedico.chiapas.gob.mx
Plazo que tiene el sujeto obligado para resolver el Servicio
Una hora
Monto de derechos
Gratuito
Adicional al monto de derechos del Servicio
Los servicios son gratuitos
Forma de determinar el monto de derechos del Servicio
No aplica
Alternativas para realizar el pago
No aplica
Vigencia de la operatividad del Servicio
Del 01 de Enero al 31 de Diciembre del 2020
Resolución obtenida
Gestión inmediata, Queja concluida por convenio, Queja concluida con laudo
Vigencia de la resolución obtenida
No aplica
Horario de Atención
De Lunes a Viernes.
De 8:00 A.M. a 4:00 P.M.
Días Hábiles
Quejas y Sugerencias
Estimado usuario si usted tiene una inconformidad u opinión por el servicio recibido, le invitamos a manifestar su queja o sugerencia, ya que con ello, contribuye a que esta institución le brinde un mejor servicio.
Estas son las alternativas:
Subcomisión Estatal
Diríjase con: Dr. Jorge Antonio Penagos Avendaño, sita en Avenida Argentina 351, Col. El Retiro C.P. 29040 Tuxtla Gutiérrez.
O bien, si lo prefiere comuníquese al teléfono: (961) 60 4 72 61 y 12 1 00 45 Conmutador: (961) 60 4 72 61 y 12 1 00 45
En internet a través del Correo Electrónico siguiente: subcomisionchiapas@arbitrajemedico.chiapas.gob.mx
• Acuda con el Lic. Wilsom Espinosa Aguilar, en el Departamento de Ética y Prevención de Conflicto de la Dirección de Evolución Patrimonial, Conflicto de Interés y Ética de la Secretaría de la Honestidad y Función Pública, sita en Boulevard Los Castillos No. 410, en el Fraccionamiento Montes Azules en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. O bien, si lo prefiere comuníquese al teléfono: 800 900 9000 lada sin costo o bien (961) 12 1 59 70 y (961) 8 75 30 extensión 22501.
En internet a través del Sistema Electrónico QuejaNet, en la dirección electrónica siguiente: http://shyfpchiapas.gob.mx/servicios/quejanetformulario Requisite y deposite el formulario ubicado en los buzones instalados en dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal o envíe un correo a quejanet@shyfpchiapas.gob.mx
Información que establezca la normatividad aplicable
- Decreto de Creación de la Comisión Estatal de Conciliación y Arbitraje Médico del Estado de Chiapas. Para las quejas: Capítulo I, Artículo 3º, Articulo 4º, Fracción VII, Artículo 10, Fracción III; Articulo 12º, Fracción IV-VII; Para los laudos: Capitulo I, Articulo 1º. Artículo 12, Fracción IX.
- Reglamento de Procedimientos para la Atención de Quejas Médicas y Gestión Pericial de la Comisión Estatal de Conciliación y Arbitraje Médico del Estado de Chiapas. Para las quejas: Capitulo I, Articulo II Fracción XIX, Sección segunda Articulo 48º-53º; Para las Gestiones médicas: Capitulo I, Artículo 4º. Fracción III; Para los convenios el Capítulo I, Articulo 2º. Fracción XX y Artículo 65º-68º. Para los laudos: Capitulo 1º. Articulo 2º.Fracción XI. Sección cuarta Artículo 86º-92º.
Información adicional
No aplica
Criterios de resolución del Servicio
Platica, Conciliación y Arbitraje