Nombre del Servicio: Registro y Asignación de clave catastral, por predio

Organismo Público: Secretaría General de Gobierno

Cédula en proceso de actualización

Modalidad

  • Presencial.

Fundamento Jurídico

Ley de Catastro para el Estado de Chiapas

Artículo 45 del Reglamento de la Ley de Catastro

Artículo 21 Octies Fracción XXXII de la Ley de Derechos del Estado de Chiapas.

Descripción del Servicio

Asignación de clave catastral a un predio urbano o rústico que por primera vez se dará de alta en el padrón catastral del Estado de Chiapas.

Casos en los que se debe o puede realizarse el Servicio

Cuando existan predios urbano o rústicos que no cuenten con registro catastral y que no son producto de alguna subdivisión.

Cómo realizar el Servicio

Estimado usuario, con el fin de contribuir a realizar con oportunidad su trámite, considere las indicaciones siguientes


Mediante solicitud del interesado, se entrega en la ventanilla de la oficialía de partes de la dirección de catastro los requisitos.

Una vez revisadoslos documentos presentados, se procede a realizar inspección física al predio, y realizar el armado cartográfico, para su asignación de clave catastral, y se pasa al departamento de valuación para su registro en el Sistema de Gestión Catastral.

se le informa al interesado la conclusión del servicio. 

Requisitos:


Nombre
Se necesita los
siguientes criterios:
-Firma
-Validación
-Certificación
-Autorización
-Visto Bueno de un tercero
Persona, empresa,
sujeto obligado o
instancia que lo emite
Realización de trámites o servicios adicionales (Si/No) Adicional se necesita alguno de los
siguientes criterios:
-Firma
Validación/Act.
-Certificación
-Autorización
-Visto Bueno de un tercero
Persona o
empresa que lo emite
Inf. que deberá conservar con motivo del trámite o servicio:
-Acreditación
-Inspeción
-Verificación
Inf. adicional acerca del rstRequisitos Original Copias


copia de credencial para votar


•Firma


Por el instituto nacional electoral










Artículo 45 del Reglamento de la Ley de Catastro para el Estado de Chiapas.

Preexistente

Para acreditar el interés jurídico y personalidad.





1


Solicitud por escrito del servicio


•Firma


por el interesado que acredite su interés jurídico.










Artículo 44 del Reglamento de la Ley de Catastro para el Estado de Chiapas

Preexistente

Para acreditar el servicio solicitado







1


Copia del documento que acredite la tenencia del predio


•Validación


Por el órgano que lo emita.










Artículo 45 del Reglamento de la Ley de Catastro para el Estado de Chiapas.

Preexistente

Para acreditar la legal tenencia.





1


Constancia de registro del documento que acredite la tenencia


•Validación


Por el órgano institucional que lo emita.










Artículo 45 del Reglamento de la Ley de Catastro para el Estado de Chiapas.

Preexistente

Para corroborar su registro ante la institución competente.





1


Pago de derecho


•Validación


Por la secretaría de hacienda a través de sus delegaciones










Artículo 45 del reglamento de la Ley de Catastro para el Estado de Chiapas.

Preexistente

Para corroborar el pago por el servicio a otorgar.







1

Formatos

No aplica

¿El Servicio requiere Inspección o Verificación?

SI

Objetivo de la inspección o verificación del Servicio:




Sujeto obligado responsable del trámite o servicio

Tuxtla Gutiérrez
  • Dirección de Catastro del Estado

    C. Evencio Mendoza Herrera

    Calle Central y 2a. Sur , Centro C.P. 29000 Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.

    Teléfono: (01961) 61 2 56 46
    Correo: catastro.chiapas@hotmail.com

Plazo que tiene el sujeto obligado para resolver el Servicio

20 días hábiles

Monto de derechos

Ver tabla de costos


Adicional al monto de derechos del Servicio

si, contribución del 6% artículo 265 del Código de hacienda pública para el Estado de Chiapas.

Forma de determinar el monto de derechos del Servicio

101110109

21-OCTIES - XXXII - NULL 

POR REGISTRO Y ASIGNACIÓN DE CLAVE CATASTRAL, POR PREDIO

$ 220.00

6% contribución

$ 13.00

$ 233.00

 


Alternativas para realizar el pago

En cualquier módulo de recaudación de hacienda del estado.


Vigencia de la operatividad del Servicio

todos los días hábiles del año


Resolución obtenida

No aplica

Vigencia de la resolución obtenida

No aplica

Horario de Atención

de 8:00 am a 16:00 pm. de lunes a viernes en días hábiles.

Quejas y Sugerencias

Estimado usuario si usted tiene una inconformidad u opinión por el servicio recibido, le invitamos a manifestar su queja o sugerencia, ya que con ello, contribuye a que esta institución le brinde un mejor servicio.

Estas son las alternativas: